¿Debo realizar proyecto? Tengo responsabilidad como promotor de una obra (particular)?

Es frecuente que, cuando se quiere realizar una obra particular o en una comunidad de propietarios, se acuda a una o varias empresas para solicitar presupuestos, bien de forma directa o bien a través del administrador.

El primer error que suele cometerse, cuando las obras tienen cierto alcance, es no delimitar correctamente las partidas de obra afectadas, recibiendo presupuestos muy heterogéneos y difíciles de comparar, o aquellos que posteriormente acaban en aquel famoso “ah, esto no estaba incluido”.

El primer consejo en este punto es contar siempre con un técnico competente que analice la situación de salida y las ofertas recibidas. No siempre es necesario realizar un proyecto técnico pero prácticamente siempre lo es comunicar al ayuntamiento, de una forma u otra, que se van a acometer los trabajos. En función del alcance, el presupuesto y otros parámetros, el tipo de comunicación cambia y requiere o no del proyecto mencionado.

¿Por qué es importante esto?

En caso de accidente, tanto si afecta a las personas como si sólo genera daños materiales, debe delimitarse la responsabilidad. Si durante el proceso previo a la ejecución de la obra se ha realizado algún paso de manera incorrecta, puede pasar que el seguro de la constructora o del técnico no se hagan cargo o incluso que se puedan incoar sanciones. ¿de qué tipo?

Pues esto es lo más importante. Roatech realiza asesoramientos técnicos, proyectos de diversa índole y ejecuta obras. En estos roles nos hemos encontrado situaciones en las que, por ejemplo, algún vecino nos ha manifestado “bueno, es que esto no es culpa nuestra… nosotros contratamos una constructora y quedamos en sus manos”. Pero esto no es del todo correcto.

El promotor de los trabajos de construcción es la persona o el ente (comunidad de propietarios) que los acaba pagando. Siendo así, asume cierta responsabilidad civil e incluso penal, en caso de incumplimiento de aspectos como la prevención de riesgos (en caso de ocurrencia de un accidente), la solicitud de los debidos permisos de obra, etc.

Con frecuencia se menta en los juicios a los que asistimos como péritos la frase “El desconocimiento de la ley, no exime de su cumplimiento”, y hemos podido constatar con el paso de los años que algunas comunidades de vecinos se han llevado sorpresas desagradables por no haber realizado los pasos correctos. No por mala fe, sino simplemente por desconocimiento.

No debe tenerse miedo al técnico competente y el mejor consejo cuando nos planteamos realizar cualquier intervención en una vivienda o edificio es acudir a uno. Si tienes inquietud en este ámbito y quieres iniciar o has empezado algún tipo de proceso en este sentido, ponte en contacto con nosotros y estaremos encantados de guiarte.