Los fondos Next Generation son un paquete de ayudas de la Unión Europea que, entre otros ámbitos, están destinadas a la mejora de la eficiencia energética de los edificios. En este ámbito en concreto, la dotación es de 162,7 millones de euros.
Estos fondos pueden ser solicitados tanto por comunidades de vecinos como por particulares.
Uno de los requisitos principales para la concesión de los fondos es que su ejecución debe estar completamente terminada antes de junio de 2026.
Otro de los requisitos es que el edificio debe disponer del ITE (Inspección Técnica de Edificaciones) en vigor o estar en proceso de validación por parte de la autoridad competente.
¿Qué tipo de obras se consideran subvencionables?
Este punto debe analizarse con detenimiento porque la cuantía de las ayudas depende directamente de la mejora en la eficiencia energética del edificio y existen tablas que permiten saber de antemano cuál es el porcentaje máximo al que podremos acogernos en función de la tipología de nuestra obra y de la situación de partida del edificio.
Pero con carácter general, podrán solicitar subvenciones las obras de rehabilitación de supongan una reducción directa del 30% del consumo de energía primaria no renovable o aquellas que reduzcan entre un 25% y un 35% la demanda de climatización.
Es decir, si tras la realización de un estudio técnico que permita verificar la situación de partida del edificio, se justifica que la demanda de calefacción o climatización del mismo se reduce más de un 25%, la obra necesaria para conseguirlo sería objeto de subvención.
También pueden acogerse a la subvención aquellos edificios que tengan elementos de fibrocemento (comúnmente conocido como amianto). En estos casos la cuantía máxima de la subvención será de 12.000€.
Para solicitar las ayudas, es imprescindible la redacción de un proyecto técnico que justifique la idoneidad de los trabajos y la reducción de necesidades energéticas mencionada anteriormente. En función del ahorro obtenido en este rubro y dependiendo de la zona climática en la que esté el edificio, la subvención podrá cubrir entre el 40% y el 80% de los gastos de la obra, siendo el informe técnico y la dirección de obra también susceptibles, en algunos casos, de recibir subvención.
En cualquier caso, el proceso de solicitud requiere de una justificación de la idoneidad de la solución, firmada por un técnico competente como paso previo a la solicitud de a subvención. Si estás interesado, contáctanos y te guiaremos en el proceso.